El Dr. Jorge Oscar Rossi comenta el fallo de autos “MELEGARI, BERNARDO FÉLIX C. RISSO, GLADYS NOEMÍ Y OT., S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, (Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, Sala Segunda, 16/04/20). DESCARGUE EL FALLO COMPLETO

En el mismo se decide “(h)acer lugar al recurso de apelación de la parte actora, modificando la sentencia de primera instancia en lo que respecta únicamente a la alícuota con la cual deben liquidarse los intereses moratorios, los cuales deberán liquidarse de la siguiente manera: a) para el rubro privación de uso, se liquidarán a una tasa pura del 6% anual desde el día del hecho hasta la fecha del fallo de primera instancia… y de allí en adelante, y hasta el efectivo pago, a la «tasa activa descubierto en cuenta corriente» [según su denominación en el calculador de intereses de la web de la SCBA] y que es aquella que publica periódicamente el banco público provincial en cuadro IV del documento «Tasas de consulta frecuente» correspondiente al descubierto en cuenta corriente sin acuerdo en pesos, sin capitalizaciónb) para el rubro reparación de vehículo, y por tratarse de la restitución de un dinero ya erogado, se liquidará desde la mora y hasta el pago a la «tasa activa descubierto en cuenta corriente» descripta en el punto anterior, sin capitalización (arts. 622 del CC y 768.c del CCyC)…” (la negrita y el subrayado es nuestro)

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