A continuación, los valores actualizados que son de utilidad para nuestros Matriculados:
- Matrícula Anual: 8 JUS Arancelarios
- Vencimientos:
- 1era. cuota 31/03
- 2da. cuota 30/06
- 3era. cuota 30/09
- 4ta. cuota 30/11
- Bono Ley 8480: $ 15.200.-
- JUS Previsional: $ 15.000.-
- JUS Arancelario: $ 32.922.-
- Cuota Matrícula: $ 60.976.-
- Token: $ 55.000.-
- Credenciales para Matriculados sin matrícula al día: 1 JUS Arancelario
- Certificados de Matrícula y del Tribunal de Disciplina para Matriculados sin matrícula al día y para Incompatibles: 1/2 JUS Arancelario
- CD Para Mediadores: $ 10.200.-
- Alquiler Sala de Mediación Módulo: 3/4 JUS
- Pasaporte: $ 35.000.- (*)
- DNI: $ 3.000.- (*)
(*) Con efectivo, con tarjeta de crédito o con tarjeta de débito.
Casa de Campo
- Entrada Matriculados CAM: $ 1.000.-
- Pileta Matriculados CAM: 2.000.-
- Entrada No Matriculados CAM: $ 1.500.-
- Pileta No Matriculados CAM: $ 3.000.-
- Entrada Grupo Familiar (pareja, hijos) Matriculados CAM: $ 1.700.-
- Pileta Menores entre 4 y 12 años: 1.500.-
- Entrada Menores de 4 años: No se abona.
- Pileta Menores de 4 años: No se abona.
VALORES TASA DE JUSTICIA 2024 (Ley 15.479)
RETRIBUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE JUSTICIA (art. 77)
- Si los valores son determinados: 22%0
- La tasa que resulte de acuerdo a lo establecido en el inciso anterior, no podrá ser inferior a: $ 743.-
- Si los valores son indeterminados: $ 743.-
ACTUACIONES JUDICIALES (art. 78)
En los juicios de árbitros y amigables componedores, 50% del porcentaje establecido en el art. 77.
- Autorización a incapaces para adquirir o disponer de sus bienes: $ 1.290.-
- Oficios y exhortos: $ 1.686.-
- Juicio de insania (cuando haya bienes): 10%0
- Sucesorios: 22%0
- Testimonio. Por cada foja fotomecanizada que se expida, simple o certificada: $ 78.-
REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO (art. 78)
- Por toda inscripción de matricula, actos, contratos y autorizaciones para ejercer el comercio: $ 3.668.-
- En toda gestión o certificación: $ 743.-
- Por cada libro de comercio que se rubrique: $ 743.-
- Por cada certificación de firma y cada autenticación de copia de documentos públicos o privados: $ 1.557.-
- Protocolizaciones (excepto testamentos, expedición de los testimonios y reposición de escrituras públicas): $ 1.290.-
DIVORCIO (art. 78)
- Cuando no hubiere patrimonio, o no se procediere a su disolución judicial: $ 7.349.-
- Cuando simultáneamente o con posterioridad al juicio se procede a la disolución de la sociedad conyugal, tributará además sobre el patrimonio de la misma: 10%0
JUSTICIA PENAL (art. 79)
- Causas correccionales: $ 6.735.-
- Causas criminales: $ 13.928.-
- Presentación de particular damnificado: $ 3.668.-
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (art. 80)
- Tasa general de actuación por expediente ante las reparticiones y dependencias de la administración pública: $ 1.050.-
- Prestaciones de servicios sujetas a retribución proporcional: $ 1.050.-