El Dr. Jorge Oscar Rossi comenta las sentencias dictadas por la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires en los autos “PUGA, CARLOS NORBERTO CONTRA BÚSICO, MARÍA SUSANA Y OTROS. DAÑOS Y PERJUICIOS”, (11/03/20), y “ALBARRACÍN, FERNANDO EMILIO CONTRA RUIZ DÍAZ, CRISTIAN DAVID. DAÑOS Y PERJUICIOS”, (20/08/20).
En ambos, el Máximo Tribunal bonaerense recomendó los letrados patrocinantes, que actuaban en defensa de la aseguradora citada en garantía y del asegurado, y a los jueces de grado intervinientes, “para que en el futuro, en sus respectivos ámbitos de actuación, extremen la diligencia técnica necesaria a fin de evitar situaciones que, como la de autos, conlleven un claro menoscabo de la debida defensa en juicio de los protagonistas principales del proceso”.
En las dos causas se observó un “evidente conflicto de intereses abierto entre la compañía de seguros y su asegurada -en cuanto ha pretendido la primera ceñir su responsabilidad a los contornos numéricos de una cobertura mínima, frente a la presumible vocación de total indemnidad patrimonial de la segunda…”
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