La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta confirmó la multa de $25.000 impuesta a la empresa administradora de un cementerio privado, por infracción al art. 8 bis de la ley 24.240, por haber colocado carteles de color rojo en las lápidas, a fin de hacer saber que esas parcelas se encuentran en mora.
Así se resolvió, el 30 de Octubre de 2017, en los autos “Recurso de Apelación Directa interpuesto por EL MIRADOR S.A. (Cementerio de la Divina Misericordia) en autos SEDECON vs. CEMENTERIO DE LA DIVINA MISERICORDIA – Expte. Nº 231-80190/16” DESCARGUE EL TEXTO COMPLETO DEL FALLO
Además, confirmó la sanción consistente en la publicación en el Diario “El Tribuno” de una síntesis de los hechos, el tipo de infracción y la multa aplicada.
La infractora había argumentado que “la colocación de carteles es percibida como una práctica absolutamente normal, aceptada y digna en nuestra sociedad”. (la negrita es nuestra)
Para el Tribunal, “la práctica de la administradora del cementerio privado, consistente en colocar carteles en las lápidas, a fin de hacer saber que esa parcela se encuentra en mora, contraviene el deber de trato digno al que está obligado, en su carácter de proveedor, pues el hecho de que pueda ser advertido por cualquier persona que circula por el cementerio, es susceptible de constituir una situación vergonzante para los deudos de las personas cuyos restos fueron inhumados en ese lugar.”
Dr. Jorge Oscar Rossi
Doctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón), Abogado (U.B.A.) Profesor Titular de las materias “Teoría General de las Obligaciones”, y “Régimen Jurídico de los Consumidores y Usuarios”. Adjunto Regular de Contratos Civiles y Comerciales en la Universidad Abierta Interamericana.





