El Dr. Martín Darío Benítez, Director del Instituto de Contratos del CAM, comenta el fallo de autos «ERCOM S.A. C/ CALAMARI S.A. Y OTRO/A S/RESOLUCION DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES «, (Cámara Civil y Comercial de Azul, Sala II, 17/12/20), donde el Tribunal de Alzada se pronunció sobre la figura del consumidor mixto, la inaplicabilidad del régimen del consumidor, el incumplimiento del servicio de post venta del automotor y los vicios redhibitorios; y dispuso revocar la sentencia apelada y hacer lugar a la demanda promovida, teniendo por resuelto el contrato de venta de una camioneta Nissan y ordenando la restitución de las sumas percibidas por dicha venta, más el resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados.

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