El Dr. Jorge Oscar Rossi comenta el fallo de autos “LAIKOW, DANIEL PEDRO C/ SUPERTODO ENSENADA SRL S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO). REC. QUEJA (DIGITAL”, (CAMARA II DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II – LA PLATA, 05/08/20)  DESCARGUE EL FALLO COMPLETO

En el mismo se hizo lugar a la queja articulada, concediéndose con efecto devolutivo el recurso de apelación articulado por el actor, en razón de que debe primar el régimen consumeril por sobre las normas del Codigo Procesal, aclarándose además que el demandante “…puede ejecutar también -mientras se resuelve la apelación en la Cámara- el  monto de la condena fijada en primera instancia en razón que la misma ha quedado firme para el demandado y el recurso del accionante radica en lo exiguo de la misma, situación que este Tribunal no puede empeorar (reformatio in pejus) ante la ausencia de impugnación de la condenada…” (la negrita es nuestra)

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