El Dr. Jorge Oscar Rossi comenta el fallo de autos “NOLI GUSTAVO RICARDO C/ FISCO DE LA PCIA. DE BS. AS. S/ USUCAPIÓN”. Y “FISCO DE LA PCIA DE BS.AS.C/ NOLI GUSTAVO RICARDO S/ REIVINDICACION”, (Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mercedes, Sala I, 17/06/20) DESCARGUE EL FALLO COMPLETO

En primera instancia se dictó la sentencia única recurrida que rechazó la acción de prescripción adquisitiva e hizo lugar a la reivindicación.

La demanda de usucapión se presentó el 3/11/03; recién el 27/07/07 se abrió a prueba y doce años después se pidió el llamado de autos para sentencia (2/07/19).

Para el vocal preopinante, “…ninguna prueba existe sobre actos posesorios anteriores a 1988, lo que implícitamente admite el apelante…” (la negrita es nuestra)

Por otro lado, “…el cómputo del plazo de prescripción debe hacerse hasta la contestación de demanda (8/03/04), pero tampoco tiene el actor cumplida la posesión pública, continua, pacífica e ininterrumpida durante los veinte años posteriores a 1988. (art. 4015 C.C.; arts. 375 y 384 C.P.C.), por lo que la sentencia debe ser confirmada.” (la negrita es nuestra)

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