El Dr. Jorge Oscar Rossi comenta el fallo de autos “B. K. M. Y OTRO/A C/ A. M. R. S/ DAÑOS Y PERJ.RESP.PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)”, (Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Junín, 07/04/2022) DESCARGUE EL FALLO COMPLETO
En la Alzada, el vocal preopinante, Dr. Castro Durán, destacó que “…habiéndose decretado en fecha 10/2/2016 la caducidad de instancia en la causa…, es evidente que el letrado apoderado aquí demandado, por omisión de la diligencia que le era exigible en función de naturaleza de su actividad profesional, no cumplió con las obligaciones a su cargo; …”
Respecto de la procedencia de un resarcimiento por perdida de chance, señaló que las constancias de la causa penal indican que no existían probabilidades de exito de la demanda, dada la mecánica del accidente de tránsito, por lo que “…ante un daño puramente conjetural, no corresponde conceder la indemnización reclamada en concepto de pérdida de la chance de haber obtenido una sentencia que dispusiera la indemnización de los daños derivados del fallecimiento de los padres e hijas de los accionantes.”
En cambio, en relación al daño moral, se pronunció por su admisión, dado que “…los accionantes no se vieron defraudados por no haber obtenido éxito en el mismo, sino por haberlo perdido anticipadamente por una notoria negligencia del profesional a quien consideraban experto, …”