El Dr. Martín Darío Benitez, Director del Instituto de Contratos y Obligaciones del CAM, comenta el fallo de autos “Raskovsky, Luis Ernesto c/ Perrone, Gabriela Alejandra s/ ejecutivo” (CSJN, 06/02/25), por el cual el Máximo Tribunal rechazó un recurso extraordinario manifestando, entre otros fundamentos, que «las relaciones entre acreedor y deudor solo pueden ser objeto de la exclusiva legislación del Congreso de la Nación», por lo que las provincias no pueden legislar al respecto.

DESCARGUE EL FALLO COMPLETO

ÚLTIMAS NOTICIAS

Destrucción de expedientes: Fuero Contencioso Administrativo

DOS DIPLOMATURAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL OESTE

Destrucción de Expedientes: Tribunal de Trabajo N° 4, Morón

PRÓXIMOS EVENTOS

CONSULTORIO PARA MATRICULADOS

CURSO DE INICIACIÓN PROFESIONAL: Daños y Perjuicios. Parte Judicial

CURSO DE INICIACIÓN PROFESIONAL: Multas de Tránsito y Faltas

NOVEDADES JURÍDICAS

Si quieres utilizar IA para escritos realizar, antes los datos debes chequear

Para Casación no había corrupción de menores, pero la Suprema Corte piensa distinto

JurisVideo – Créditos UVA: Tope de cuota al 35%