El Dr. Martín Darío Benitez, Director del Instituto de Contratos y Obligaciones del CAM, comenta el fallo de autos “Raskovsky, Luis Ernesto c/ Perrone, Gabriela Alejandra s/ ejecutivo” (CSJN, 06/02/25), por el cual el Máximo Tribunal rechazó un recurso extraordinario manifestando, entre otros fundamentos, que «las relaciones entre acreedor y deudor solo pueden ser objeto de la exclusiva legislación del Congreso de la Nación», por lo que las provincias no pueden legislar al respecto.

DESCARGUE EL FALLO COMPLETO

ÚLTIMAS NOTICIAS

Inscripción al Registro de Peritos del Departamento Judicial de Morón

FACA: Padrón Electoral Provisorio

Destrucción de expedientes: Fuero Contencioso Administrativo

PRÓXIMOS EVENTOS

CONSULTORIO PARA MATRICULADOS

CURSO DE INICIACIÓN PROFESIONAL: Daños y Perjuicios. Parte Judicial

CURSO DE INICIACIÓN PROFESIONAL: Multas de Tránsito y Faltas

NOVEDADES JURÍDICAS

Medicina prepaga: Si un diferencial por enfermedad preexistente pretendes cobrar, autorización a la Superintendencia de Servicios de Salud debes pedir

FILOCAM: SALIÓ EL N° 54 DE LA REVISTA DEL INSTITUTO DE FILOSOFÍA DEL DERECHO

Tres situaciones sobre la buena y la mala utilización de la Inteligencia Artificial en sede judicial