INSTITUTO DE DERECHO ECLESIÁSTICO Y CANÓNICO

UNA COSA ES RECIBIR “DENUNCIAS PENALES” Y OTRA, RECIBIR “DENUNCIAS CANONICAS”

(Sobre una denuncia penal contra dos arzobispos por presunta “usurpación de funciones públicas”)

DESCARGAR ARTÍCULO COMPLETO

Autor: Dr. Jorge Antonio Di Nicco. Director Adjunto del Instituto de Derecho Eclesiástico y Canónico. Autor de La “canonización” de las leyes civiles: concepto, condiciones y particularidades. La temática en relación con nuestro ordenamiento estatal, ED, 267-797, “La legislación canónica: Derecho vigente para el ordenamiento jurídico argentino. Sus particularidades”, Revista Mexicana de Derecho Canónico 22/1 (2016) 109-128 y “La observancia del derecho canónico con el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación”, ED, 263-922, entre otras publicaciones referidas a la temática.

DESCARGAR ARTÍCULO COMPLETO

ÚLTIMAS NOTICIAS

Destrucción de expedientes Archivo Morón A-24/02025

DESCUENTOS EN POSGRADOS DE LA UNIVERSIDAD BLAS PASCAL

Feria Judicial 2026: Magistrados y Organismos de turno

PRÓXIMOS EVENTOS

CONSULTORIO PARA MATRICULADOS

CURSO DE INICIACIÓN PROFESIONAL: Daños y Perjuicios. Parte Judicial

CONSULTORIO PARA MATRICULADOS

NOVEDADES JURÍDICAS

Planes de ahorro: Cautelar reduciendo la cuota por “fuerte probabilidad” de acogimiento de un futuro reajuste

VIDEO – “EL CASO DEL TENEDOR”: RESPONSABILIDAD DE FRANQUICIANTE Y FRANQUICIADO POR VICIO DE LA COSA

SCBA: A la hora de cuantificar el daño, no es cuestión de usar cualquier fórmula matemática