INSTITUTO DE DERECHO ECLESIÁSTICO Y CANÓNICO
Autor: Dr. Jorge Antonio Di Nicco. Director Adjunto del Instituto de Eclesiástico y Canónico. Autor de La “canonización” de las leyes civiles: concepto, condiciones y particularidades. La temática en relación con nuestro ordenamiento estatal, ED, 267-797, “La legislación canónica: Derecho vigente para el ordenamiento jurídico argentino. Sus particularidades”, Revista Mexicana de Derecho Canónico 22/1 (2016) 109-128 y “La observancia del derecho canónico con el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación”, ED, 263-922, entre otras publicaciones referidas a la temática.
Los Obispos, los sacerdotes y los fieles católicos tienen muy presente el pasaje de los Hechos de los Apóstoles donde puede leerse cuando San Pedro, después de ser arrestado por predicar en nombre de Jesús, le dice al Sanedrín: “debemos obedecer a Dios antes que a los hombres”.
Los católicos deben tener la seguridad de que sus confesiones son sagradas, seguras, confidenciales y protegidas por la ley de la Iglesia. El clero católico no puede violar el secreto de confesión; de lo contrario, será excomulgado de la Iglesia.
Lo dicho viene a referencia del Proyecto de Ley Senatorial 5375 -titulado “Sobre el deber del clero de denunciar el abuso y la negligencia infantil”- que obliga inconstitucionalmente a los sacerdotes católicos en Washington (Estados Unidos) a elegir entre sus obligaciones con la Iglesia católica y sus penitentes o enfrentar consecuencias penales, al tiempo que trata el privilegio sacerdote-penitente de forma diferente a otros privilegios bien establecidos. El gobernador del estado de Washington convirtió en ley dicho Proyecto el 2 de mayo de este año 2025.
Esto es de tal magnitud, que el Departamento de Justicia de los Estados Unidos expresó que no se quedará de brazos cruzados cuando los estados ataquen el libre ejercicio de la religión y anunció, en el pasado mes de junio, que se unió a una demanda contra el estado de Washington con respecto a esta nueva ley que requiere que los sacerdotes violen el secreto de confesión.
El fiscal general adjunto de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia dijo que las leyes que atacan explícitamente prácticas religiosas como el Sacramento de la Confesión en la Iglesia católica no tienen cabida en su sociedad.
La mencionada ley es una violación al derecho de los católicos a la libre expresión de su religión. En ella se dispone que los miembros del clero, de todas las denominaciones, son denunciantes obligatorios en todas las circunstancias. A diferencia de leyes similares en otros estados, no existe una excepción para lo que se comparte como parte del sacramento de la confesión.
De allí que, si un sacerdote escucha a un penitente confesar que está abusando de un menor, o si un menor menciona el abuso mientras está en el confesionario bajo secreto de confesión, el sacerdote está legalmente obligado a informar a las autoridades de estos hallazgos.
Los Obispos del estado de Washington publicaron declaraciones diciendo que ni ellos ni sus sacerdotes cumplirían la ley y, a su vez, presentaron una demanda contra el referido estado.
Las conversaciones entre el personal de la Conferencia Católica del Estado de Washington y los legisladores fracasaron, lo que permitió que esta versión extrema del proyecto de ley se aprobara y recibiera el respaldo del gobernador; ya que, una vez que el proyecto de ley aprobado llegó al gobernador para su firma, los Obispos del Estado de Washington le solicitaron una reunión para discutir sus preocupaciones, pero el gobernador no respondió a dicha solicitud.
Como puede observarse, se está ante una violación al derecho de los católicos a la libre expresión de su religión. En Doctrina del Colegio de Abogados de Morón he dado cuenta de otras ataques similares -a cuya lectura remito-, resta esperar el rumbo que este particular tomará, deseando que sea el que corresponde.
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