INSTITUTO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

AUTORIZACIÓN PARA RADICARSE EN EL EXTRANJERO: COMENTARIO A FALLO

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Autora: María Andrea Esparza.

Directora Adjunta del Instituto de Derecho Internacional Privado del CAM. Profesora Adjunta Interina en la Facultad de Derecho de la UBA, en la Catedra de la Dra. Uzal. Prof. Adjunta en la Facultad de Derecho de la UNLZ. Profesora Adjunta en la Facultad de Derecho de la UM y UAI, Catedra de la Dra. Raya De Vera en ambos casos.

DE LA INTRODUCCIÓN: El fallo en comentario (“V., L. B. y Otro c/ A., L. N. s/ Autorización”, Juzgado Nacional en lo Civil N°102, 28/06/16) resuelve un entuerto que, desde hace varios años ya, se ha hecho común en los juzgados del fuero de familia. La globalización, el avance de las comunicaciones, de la tecnología, provocan cada vez mayores vínculos afectivos “a la distancia”. Vínculos que en algún momento desean cercanía, convivencia y es allí, cuando hay niños, niñas y adolescentes involucrados, que se producen los conflictos entre los progenitores.  Uno desea comenzar una nueva vida, en otro Estado, con nuevos proyectos y sueños donde están incluidos sus hijos y otro desea no perder la cotidianeidad con ellos, aun cuando esa cotidianeidad no sea de todos los días. Basta con saberlos cerca para darle la tranquilidad de “no perderlos”.”

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