Desde hace varios años en el Colegio de Abogados de Morón viene funcionando la Asesoría del Niño, atendiendo las consultas derivadas en el marco del Patrocinio Jurídico.

Su impulso se encontró en la ratificación de la Argentina de la Convención de los Derechos del Niño, debido a que sus normas son totalmente operativas, o sea con deber de aplicación por los jueces y facultad de ser invocada por las partes.

No obstante, el Consejo Directivo cree necesario fortalecer el área y centralizar lo relativo a los derechos de niñez y adolescencia en una Comisión especial para trabajar en ello, que abarque además de los objetivos que venía desarrollando los que se fueron sumando por imperio de la nueva legislación vigente.

En este sentido, la Ley Nacional 26.061 del año 2005, en su Art. 2º, destaca como primer y más importante fundamento que se extrae de la Convención es el de resaltar y poner en primer plano que los niños y los adolescentes son sujetos de derechos y así deben ser considerados.

Además, la promulgación de la ley provincial 14.568 –publicada en el B.O. el 6/2/2014, representa una nueva faceta de un prolongado proceso para instituir al Abogado del Niño como incumbencia profesional.

Dicha ley creó la figura del Abogado del Niño en la Provincia de Buenos Aires en función de representar los intereses individuales y personales de niños, niñas y adolescentes tanto en procedimientos administrativos, como civiles o familiares.

La Defensoría del Niño del Colegio de Abogados de Morón, de carácter voluntario e interdisciplinario, incluirá dentro de sus competencias, además del asesoramiento y capacitación sobre los derechos de los niños y adolescentes, el registro de Abogado del Niño del Departamento Judicial de Morón.

En el marco del Reglamento general para el funcionamiento de las Comisiones del Colegio de Abogados de Morón se determina que el Consejo Directivo podrá dictar reglamento de funcionamiento interno de cada uno de ellos, sin perjuicio de los que se hubieran dictado hasta el presente, que en este caso será reemplazado. Siempre en cumplimiento con las bases establecidas por el reglamento general.

Con fecha 18 de abril de 2017, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Morón aprobó el Reglamento para el funcionamiento de la Defensoría del Niño

Anexo I

Organización Interna Registro De Abogado Del Niño
Requisitos (Circular 6273 Consejo Superior)

Anexo II

Programa de Formación Profesional del Abogado del Niño

Anexo III

Modelo de Acta de Sorteo y Aceptación de Cargo (Art- 11)