EL DEBER DE SEGURIDAD EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL Y EL FALLO “ARREGUI”
(Publicado originalmente en Microjuris.com el 2 de marzo de 2018. Cita: MJ-DOC-12749-AR | MJD12749)
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Autor: Dr. Jorge Oscar Rossi. Doctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón). Abogado (U.B.A.). Profesor Titular de las asignaturas “Teoría General de las Obligaciones” y “Régimen Jurídico de los Consumidores y Usuarios”, Adjunto Regular de Contratos Civiles y Comerciales y Adjunto de Obligaciones Civiles y Comerciales en la Universidad Abierta Interamericana.
SUMARIO: I. Introducción. II. Una digresión pertinente: El caso «Bianchi». III. La situación en el CCC. IV. El factor objetivo y la responsabilidad por el hecho de las cosas y actividades riesgosas en el CCC. V. La Corte Suprema en el fallo “Arregui” y el voto del Dr. Lorenzetti. VI. Nuestra opinión. VII. ¿Existe en el caso una relación de consumo? VIII. Reflexiones finales.