INSTITUTO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

AUTORIZACIÓN PARA RADICARSE EN EL EXTRANJERO: COMENTARIO A FALLO

DESCARGAR EL ARTÍCULO COMPLETO

DESCARGAR EL FALLO COMENTADO

Autora: María Andrea Esparza.

Directora Adjunta del Instituto de Derecho Internacional Privado del CAM. Profesora Adjunta Interina en la Facultad de Derecho de la UBA, en la Catedra de la Dra. Uzal. Prof. Adjunta en la Facultad de Derecho de la UNLZ. Profesora Adjunta en la Facultad de Derecho de la UM y UAI, Catedra de la Dra. Raya De Vera en ambos casos.

DE LA INTRODUCCIÓN: «El fallo en comentario (“V., L. B. y Otro c/ A., L. N. s/ Autorización”, Juzgado Nacional en lo Civil N°102, 28/06/16) resuelve un entuerto que, desde hace varios años ya, se ha hecho común en los juzgados del fuero de familia. La globalización, el avance de las comunicaciones, de la tecnología, provocan cada vez mayores vínculos afectivos “a la distancia”. Vínculos que en algún momento desean cercanía, convivencia y es allí, cuando hay niños, niñas y adolescentes involucrados, que se producen los conflictos entre los progenitores.  Uno desea comenzar una nueva vida, en otro Estado, con nuevos proyectos y sueños donde están incluidos sus hijos y otro desea no perder la cotidianeidad con ellos, aun cuando esa cotidianeidad no sea de todos los días. Basta con saberlos cerca para darle la tranquilidad de “no perderlos”.»

DESCARGAR EL ARTÍCULO COMPLETO

DESCARGAR EL FALLO COMENTADO

ÚLTIMAS NOTICIAS

Entrevistas CAM: Dr Juan Antonio Navarro, Vicepresidente de nuestro Colegio

Entrevistas CAM: Dr. Cristian Callegari, presidente de la Comisión de Deportes del CAM

Un divorcio sin abogados… y sin convenio regulador

PRÓXIMOS EVENTOS

DIPLOMATURA UNIVERSITARIA EN PREVISIÓN SOCIAL – IPS Y ANSES

CURSO DE INICIACIÓN PROFESIONAL: Ejecución de Honorarios

Reuniones de Institutos: Comercial, Concursal y Sociedades/ Consumidor/ Ciencia, Tec e Innovación

NOVEDADES JURÍDICAS

Cosa juzgada y «Barrios»: Acreedor que nada hizo por cobrar, ninguna actualización PUEDE reclamar

INSTITUTO DE DERECHO SISTEMICO: SEMILLAS PARA LA PAZ EN LA INTERVENCIÓN CON PAREJAS

¿Su ”título ejecutivo de consumo” es defectuoso?: No se lo rechazamos, pero el juez lo interpretará a favor del consumidor