En referencia a la reforma laboral incorporada al proyecto de ley denominado “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los Argentinos” que ha obtenido media sanción por ante la Cámara de Diputados de la Nación, y actualmente ha ingresado a la Cámara de Senadores de la Nación para su tratamiento, este Instituto ratifica su posición en cuanto a su inconstitucionalidad e inconvencionalidad.

Las modificaciones al régimen laboral que se intentan, disminuyen la protección que la ley otorga a la persona trabajadora, siendo contrarias a los artículos 14 bis, 16, 17, 19 de la Constitución Nacional y contrarias al principio de progresividad que se consagra en la Convención Americana sobre Derechos Humanos – Pacto de San José de Costa Rica (artículo 26), y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 2.1), ambos con jerarquía constitucional por el artículo 75 inciso 22 C.N., entre otra normativa y jurisprudencia aplicable.

La grave reforma que se pretende implica un cambio estructural peyorativo del Derecho del trabajo, introduciendo modificaciones como:  eliminación de las indemnizaciones agravadas derivadas de la ausencia o deficiencia registral; cambio en el régimen de registración laboral, convalidando la registración laboral de quien no es el real empleador;  eliminación de la sanción para el empleador que habiendo retenido aportes para depositarlos en los organismos correspondientes no lo haga; eliminación de la indemnización por falta de pago en término de la reparación por despido arbitrario; aumento del plazo del periodo de prueba, que implica aumentar el piso mínimo de antigüedad requerida para el derecho a la percepción de la indemnización por despido, privando del derecho a estabilidad relativa a la persona trabajadora por un lapso que puede extenderse hasta un año;  habilitación a que por medio de los convenios colectivos de trabajo se disminuyan derechos reconocidos por la LCT, como por ejemplo la instauración del fondo de cese en remplazo del régimen indemnizatorio; restricción en cuanto a la reparación y prueba del acto discriminatorio en el  marco del contrato de trabajo;  incorporación de la figura “trabajadores independientes con colaboradores”, que facilita el fraude y tiende a la deslaboralización de las relaciones; entre otras afectaciones a derechos individuales, procesales.

En virtud de ello, instamos a los miembros de la Cámara de Senado de la Nación, al rechazo absoluto de la reforma laboral incorporada al proyecto de Ley de Bases.

ÁREA DE DERECHO LABORAL DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE MORÓN
Director General:
Sergio Adrián Arce

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