La Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón revocó lo decidido en la instancia anterior y autorizó a la parte actora a notificar el traslado de la demanda mediante carta documento con aviso de entrega.
Así lo dispuso, el 6 de Octubre, en los autos “HERMIDA JUAN MANUEL C/ AMAYA MARCELA EMILCE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)”. DESCARGUE EL FALLO COMPLETO
Entre otros conceptos, se señaló que “en virtud de lo previsto por el art. 15 de la Constitución de la Provincia es necesario resguardar la continuidad del servicio y en virtud de lo establecido por el art. 34 inc. 5 ap e debemos (no solo podemos) hacer lo necesario para que el proceso tramite de la manera mas célere posible.
Por lo demás, hay un dato que no podemos obviar: la ley de procedimiento laboral local, autoriza el traslado de demanda por Carta Documento (art. 16 ley 11.653 y en el mismo sentido la aun no operativa 15.057); no se ve, entonces, cuál sería el inconveniente en autorizarlo también en los procesos civiles, en situaciones de emergencia.
Amén de ello, lo que interesa en materia de notificaciones procesales es que las mismas cumplan su finalidad como acto de transmisión (doct. art. 149 CPCC) y la Carta Documento se perfila idónea en tal sentido.” (la negrita es nuestra)
Por otro lado, “este proceso lleva sin poder avanzar ya diez meses, por esta cuestión de la notificación; incluso varios meses desde que se ha dispuesto la reactivación del servicio de justicia (con algunas limitaciones) en el ámbito de nuestra provincia.
Esto contraviene las pautas que el mismo legislador procesal ha puesto para la razonabilidad de los tiempos procesales.
En efecto: si en estos procedimientos a los tres meses sin impulso se produce la caducidad (art. 310 inc 3 CPCC) es totalmente irrazonable que, por una cuestión que puede solucionarse por otra vía, permanezca estancado un plazo mucho mayor.” (la negrita es nuestra)
NOTA RELACIONADA – Morón: Nosotros también autorizamos el traslado de demanda por carta documento



